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Ley
LEY General de Salud
Artículo
135

Artículo 135 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud, junto con otras instituciones de salud y los gobiernos de los estados, va a crear y poner en marcha programas o campañas, ya sean temporales o permanentes. Esto lo hacen para controlar o eliminar enfermedades que se contagian y que son un peligro para la salud de todo el país. Si una enfermedad representa un riesgo, aunque sea posible, van a actuar para prevenir que se propague. En pocas palabras, el gobierno se organiza para protegerte de enfermedades contagiosas graves.

Texto oficial

Artículo 135.- La Secretaría de Salud elaborará y llevará a cabo, en coordinación con las instituciones del sector salud y con los gobiernos de las entidades federativas, programas o campañas temporales o permanentes, para el control o erradicación de aquellas enfermedades transmisibles que constituyan un problema real o potencial para la salubridad general de la República. Artículo reformado DOF 27-05-1987

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 79) ↗

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