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Ley
LEY General de Salud
Artículo
155

Artículo 155 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud tiene la autoridad para decidir cómo manejar los animales muertos, sus partes o desechos, como estiércol o basura, que puedan causar enfermedades o contaminar el ambiente y poner en riesgo tu salud. Si algo así representa un peligro, ellos te dirán qué hacer para deshacerte de eso de manera segura. Por ejemplo, pueden indicarte cómo enterrarlo, quemarlo o tratarlo para que no haga daño. Esto aplica a granjas, mataderos o cualquier lugar donde haya animales. En pocas palabras, busca evitar que te enfermes o que el entorno se contamine por no saber qué hacer con estos residuos.

Texto oficial

Artículo 155.- La Secretaría de Salud determinará la forma de disponer de los productos, subproductos, desechos y cadáveres de animales, cuando constituyan un riesgo de transmisión de enfermedades al ser humano o produzcan contaminación del ambiente con riesgo para la salud. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 16-03-2022

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 81) ↗

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