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Ley
LEY General de Salud
Artículo
174

Artículo 174 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno debe encargarse de varias cosas para prevenir las discapacidades y ayudar a quienes las tienen. Entre esas cosas está investigar por qué ocurren las discapacidades y qué factores las provocan. También deben lograr que la comunidad participe para evitar esas causas, detectar a tiempo cualquier problema físico o mental que pueda llevar a una discapacidad, y dar orientación a las familias que tienen a alguien con discapacidad. Además, deben asegurar que las personas reciban la atención completa que necesitan, incluyendo aparatos como prótesis o ayudas funcionales, y promover que los espacios públicos y casas sean accesibles, así como la educación, capacitación y empleo para quienes están en rehabilitación.

Texto oficial

Artículo 174. La atención en materia de prevención de la discapacidad y rehabilitación de las personas con discapacidad comprende: Párrafo reformado DOF 08-04-2013 I. La investigación de las causas de la discapacidad y de los factores que la condicionan; Fracción reformada DOF 08-04-2013 II. La promoción de la participación de la comunidad en la prevención y control de las causas y factores condicionantes de la discapacidad; Fracción reformada DOF 08-04-2013 III. La identificación temprana y la atención oportuna de procesos físicos, mentales y sociales que puedan causar discapacidad; Fracción reformada DOF 08-04-2013 IV. La orientación educativa en materia de rehabilitación a la colectividad en general, y en particular a las familias que cuenten con alguna persona con discapacidad, promoviendo al efecto la solidaridad social; Fracción reformada DOF 08-04-2013 V. La atención integral de las personas con discapacidad, incluyendo la adaptación de las prótesis, órtesis y ayudas funcionales que requieran; Fracción reformada DOF 08-04-2013 LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Últimas Reformas DOF 15-01-2026 94 de 376 VI. La promoción para adecuar facilidades urbanísticas y arquitectónicas a las necesidades de las personas con discapacidad, y Fracción reformada DOF 08-04-2013 VII. La promoción de la educación y la capacitación para el trabajo, así como la promoción del empleo de las personas en proceso de rehabilitación.

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 93) ↗

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