Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGS/233
- Ley
- LEY General de Salud
- Artículo
- 233
Artículo 233 de la LEY General de Salud
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 233 prohíbe vender o dar medicamentos que ya estén caducados, es decir, cuya fecha de vencimiento haya pasado. Aunque el capítulo habla de estupefacientes, aplica a cualquier medicina vencida. Venderse o entregarse es ilegal, así que ni se te ocurra hacerlo.
Texto oficial
Artículo 233.- Quedan prohibidos la venta y suministro de medicamentos con fecha de caducidad vencida. CAPITULO V Estupefacientes
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