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Artículo 250 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 250 dice que ciertas drogas psicotrópicas (sustancias que afectan la mente) van a ser controladas por las reglas del Capítulo V de esta ley. Esas drogas son las que están en la lista de la fracción II del Artículo 245 y en otras listas que mencione el Artículo 246. En otras palabras, si una droga está en esos grupos, aplican las mismas medidas estrictas de control que para otras sustancias. Todo esto quedó establecido desde 1987, cuando se hizo el cambio.

Texto oficial

Artículo 250.- Las substancias psicotrópicas incluidas en la fracción II del artículo 245 de esta Ley, así como las que se prevean en las disposiciones aplicables o en las listas a que se refiere el artículo 246, cuando se trate del grupo a que se refiere la misma fracción, quedarán sujetas en lo conducente, a las disposiciones del Capítulo V de este Título. Artículo reformado DOF 23-12-1987

Ver ley oficial en el DOF (pág. 133) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.