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Ley
LEY General de Salud
Artículo
267

Artículo 267 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los medicamentos, equipos médicos y otros productos de salud que marca el artículo 262 no se pueden vender, dar o usar si ya se les pasó la fecha de caducidad. Esto aplica tanto para farmacias, hospitales como para cualquier persona. Si un producto tiene la fecha vencida, ya no sirve y debe desecharse.

Texto oficial

Artículo 267.- Los insumos para la salud comprendidos en el artículo 262 de esta ley no podrán venderse, suministrarse o usarse, con fecha de caducidad vencida. Artículo reformado DOF 07-05-1997

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 137) ↗

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