- Ley
- LEY General de Salud
- Artículo
- 267
Artículo 267 de la LEY General de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los medicamentos, equipos médicos y otros productos de salud que marca el artículo 262 no se pueden vender, dar o usar si ya se les pasó la fecha de caducidad. Esto aplica tanto para farmacias, hospitales como para cualquier persona. Si un producto tiene la fecha vencida, ya no sirve y debe desecharse.
Texto oficial
Artículo 267.- Los insumos para la salud comprendidos en el artículo 262 de esta ley no podrán venderse, suministrarse o usarse, con fecha de caducidad vencida. Artículo reformado DOF 07-05-1997
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.