- Ley
- LEY General de Salud
- Artículo
- 266
Artículo 266 de la LEY General de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo habla sobre medicamentos hechos con componentes biológicos, como vacunas o sueros, que se aplican a personas. Para que estos productos estén bajo control sanitario, se deben seguir las reglas de los artículos 230 y 231 de esta misma ley. Además, en la etiqueta del producto debe decir claramente cómo se aplica (por ejemplo, si es inyección) y cuánta cantidad usar. Por último, el producto debe incluir un instructivo con las indicaciones, precauciones y pasos para aplicarlo correctamente.
Texto oficial
Artículo 266.- Para el caso de reactivos biológicos que se administren a seres humanos se estará, en cuanto a su control sanitario, a lo dispuesto por los artículos 230 y 231 de esta Ley. Sus etiquetas y contraetiquetas, además de los requisitos establecidos en el artículo 210 de esta Ley, deberán expresar claramente a la vía de administración y la dosis. Las indicaciones, precauciones y forma de aplicación se detallarán en un instructivo adjunto al producto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.