Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGS/266
Ley
LEY General de Salud
Artículo
266

Artículo 266 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo habla sobre medicamentos hechos con componentes biológicos, como vacunas o sueros, que se aplican a personas. Para que estos productos estén bajo control sanitario, se deben seguir las reglas de los artículos 230 y 231 de esta misma ley. Además, en la etiqueta del producto debe decir claramente cómo se aplica (por ejemplo, si es inyección) y cuánta cantidad usar. Por último, el producto debe incluir un instructivo con las indicaciones, precauciones y pasos para aplicarlo correctamente.

Texto oficial

Artículo 266.- Para el caso de reactivos biológicos que se administren a seres humanos se estará, en cuanto a su control sanitario, a lo dispuesto por los artículos 230 y 231 de esta Ley. Sus etiquetas y contraetiquetas, además de los requisitos establecidos en el artículo 210 de esta Ley, deberán expresar claramente a la vía de administración y la dosis. Las indicaciones, precauciones y forma de aplicación se detallarán en un instructivo adjunto al producto.

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 137) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.