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Artículo 277 bis de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, fue eliminado de la ley en el año 2008. 'Derogado' significa que perdió su vigencia y ya no tiene ningún efecto legal. El capítulo donde estaba hablaba sobre ciertos productos químicos como plaguicidas o sustancias peligrosas, pero este artículo en concreto ya no debes tomarlo en cuenta para nada.

Texto oficial

Artículo 277 bis. Se deroga. Artículo adicionado DOF 14-06-1991. Reformado DOF 19-01-2004. Derogado DOF 30-05-2008 CAPITULO XII Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Substancias Tóxicas o Peligrosas Denominación del Capítulo reformada DOF 07-05-1997

Ver ley oficial en el DOF (pág. 142) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.