Artículo 33 de la LEY General de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 33 explica los cuatro tipos de servicios médicos que existen: preventivos, curativos, de rehabilitación y paliativos. Los preventivos son para evitar que te enfermes, como las campañas de vacunación o pláticas de salud. Los curativos son para diagnosticar y tratar enfermedades a tiempo, como cuando vas al doctor por una gripa. Los de rehabilitación ayudan a que las personas con discapacidad recuperen lo mejor posible sus habilidades físicas. Los paliativos se enfocan en que un paciente con una enfermedad grave viva sin dolor y con la mejor calidad de vida posible, atendiendo tanto sus síntomas físicos como emocionales con ayuda de varios especialistas.
Texto oficial
Artículo 33. Las actividades de atención médica son: I. Preventivas, que incluyen las de promoción general y las de protección específica; LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Últimas Reformas DOF 15-01-2026 21 de 376 II. Curativas, que tienen como fin efectuar un diagnóstico temprano y proporcionar tratamiento oportuno; Fracción reformada DOF 05-01-2009 III. De rehabilitación, que incluyen acciones tendientes a optimizar las capacidades y funciones de las personas con discapacidad, y Fracción reformada DOF 05-01-2009, 08-04-2013 IV. Paliativas, que incluyen el cuidado integral para preservar la calidad de vida del paciente, a través de la prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas físicos y emocionales por parte de un equipo profesional multidisciplinario. Fracción adicionada DOF 05-01-2009 CAPITULO III Prestadores de Servicios de Salud
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