- Ley
- LEY General de Salud
- Artículo
- 340
Artículo 340 de la LEY General de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud, por medio de la COFEPRIS (que es la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios), se encarga de vigilar cómo se maneja y desecha la sangre. Esto significa que ellos ponen las reglas y revisan que todo se haga de manera segura para que no haya riesgos de enfermedades. En pocas palabras, el gobierno es el que supervisa que la sangre usada en hospitales o bancos de sangre se trate correctamente y sin peligro para nadie.
Texto oficial
Artículo 340.- El control sanitario de la disposición de sangre lo ejercerá la Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 26-05-2000, 30-06-2003
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