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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGS/378
Ley
LEY General de Salud
Artículo
378

Artículo 378 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La autoridad sanitaria (como la Cofepris) puede volver a checar en cualquier momento los permisos o autorizaciones que da esta Ley. Esto lo hacen siguiendo las reglas generales que ya están establecidas. O sea, no porque ya te hayan dado un permiso significa que ya no te lo puedan revisar.

Texto oficial

Artículo 378.- Las autorizaciones a que se refiere esta Ley podrán ser revisadas por la autoridad sanitaria competente en los términos de las disposiciones generales aplicables.

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 176) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.