- Ley
- LEY General de Salud
- Artículo
- 378
Artículo 378 de la LEY General de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La autoridad sanitaria (como la Cofepris) puede volver a checar en cualquier momento los permisos o autorizaciones que da esta Ley. Esto lo hacen siguiendo las reglas generales que ya están establecidas. O sea, no porque ya te hayan dado un permiso significa que ya no te lo puedan revisar.
Texto oficial
Artículo 378.- Las autorizaciones a que se refiere esta Ley podrán ser revisadas por la autoridad sanitaria competente en los términos de las disposiciones generales aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.