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Ley
LEY General de Salud
Artículo
387

Artículo 387 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se cancela o revoca un permiso o autorización (por ejemplo, para un negocio, una obra o una actividad), la autoridad puede cerrar el lugar de manera definitiva, prohibir que se venda o use lo que estaba autorizado, o impedir que se siga haciendo la actividad para la que se había dado el permiso. Todo esto aplica desde el momento en que se emite la resolución de revocación.

Texto oficial

Artículo 387.- La resolución de revocación surtirá efectos, en su caso, de clausura definitiva, prohibición de venta, prohibición de uso o de ejercicio de las actividades a que se refiera la autorización revocada. CAPITULO III Certificados

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 178) ↗

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