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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGS/410
Ley
LEY General de Salud
Artículo
410

Artículo 410 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades de salud tienen la obligación de eliminar o controlar insectos, ratas u otros animales que puedan transmitir enfermedades graves a las personas. Si estos bichos representan un peligro serio para tu salud, el gobierno debe tomar las medidas necesarias para protegerte. Además, siempre deben avisar y coordinar con las oficinas que cuidan la salud de los animales, para que todo se haga de manera correcta.

Texto oficial

Artículo 410.- Las autoridades sanitarias competentes ejecutarán las medidas necesarias para la destrucción o control de insectos u otra fauna transmisora y nociva, cuando éstos constituyan un peligro grave para la salud de las personas. En todo caso, se dará a las dependencias encargadas de la sanidad animal la intervención que corresponda.

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 186) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.