Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 8 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El gobierno va a dividir a las personas que usan los servicios de salud para que no haya desorden. Los hospitales y clínicas pueden pedir ayuda a otras instituciones para que atiendan a sus pacientes. Esto se hace para apoyarse entre sí y cubrir necesidades que no pueden resolver solos.

Texto oficial

Artículo 8o.- Con propósitos de complemento y de apoyo recíproco, se delimitarán los universos de usuarios y las instituciones de salud podrán llevar a cabo acciones de subrogación de servicios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.