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Ley
LEY General de Salud
Artículo
8

Artículo 8 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno va a dividir a las personas que usan los servicios de salud para que no haya desorden. Los hospitales y clínicas pueden pedir ayuda a otras instituciones para que atiendan a sus pacientes. Esto se hace para apoyarse entre sí y cubrir necesidades que no pueden resolver solos.

Texto oficial

Artículo 8o.- Con propósitos de complemento y de apoyo recíproco, se delimitarán los universos de usuarios y las instituciones de salud podrán llevar a cabo acciones de subrogación de servicios.

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 8) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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