Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGS/9
Ley
LEY General de Salud
Artículo
9

Artículo 9 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los gobiernos de cada estado de la República Mexicana tienen la obligación de ayudar a que el Sistema Nacional de Salud funcione bien y sea más fuerte, siempre dentro de lo que les corresponda según su autoridad. Para lograrlo, deben planear, organizar y crear sus propios sistemas estatales de salud, cuidando que estos encajen con el plan nacional. Además, la Secretaría de Salud se encarga de que los programas federales y los de cada estado estén alineados, para que todo se haga de manera ordenada y con la participación de todos.

Texto oficial

Artículo 9o.- Los gobiernos de las entidades federativas coadyuvarán, en el ámbito de sus respectivas competencias y, en su caso, en los términos de los acuerdos de coordinación que celebren con la Secretaría de Salud, en la operación, funcionamiento y fortalecimiento del Sistema Nacional de Salud. Para lo cual, planearán, organizarán y desarrollarán en sus respectivas circunscripciones territoriales, sistemas estatales de salud, procurando su participación programática en el Sistema Nacional de Salud. LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Últimas Reformas DOF 15-01-2026 9 de 376 La Secretaría de Salud coordinará la concordancia de los programas federales en la materia con el de las entidades federativas, promoviendo que la planeación sea congruente, objetiva y participativa. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 29-05-2023

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 9 de la LEY General de Salud, explicado | Precedente Legal