Artículo 76 de la LEY General de Sociedades Cooperativas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Superior del Cooperativismo es como el grupo principal que junta a todas las cooperativas del país. Está formado por las confederaciones nacionales (que son como uniones de varias cooperativas) y por las organizaciones que dan apoyo técnico al movimiento. Su función es coordinar y unir a todo el movimiento cooperativo a nivel nacional.
Texto oficial
Artículo 76.- El Consejo Superior del Cooperativismo es el órgano integrador del Movimiento Cooperativo Nacional; se constituirá con las confederaciones nacionales y con las instituciones u organismos de asistencia técnica al cooperativismo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.