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Ley
LEY General de Sociedades Cooperativas
Artículo
90

Artículo 90 de la LEY General de Sociedades Cooperativas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno federal, los gobiernos estatales, los municipales y los de la Ciudad de México tienen la obligación de ayudar a las escuelas, institutos y organismos que enseñan sobre cooperativas, que son como empresas propiedad de sus trabajadores. También deben apoyar el trabajo que hagan las universidades y otras escuelas de educación superior en este tema. En pocas palabras, el gobierno debe echar la mano a quienes capacitan sobre cómo formar y manejar cooperativas.

Texto oficial

Artículo 90.- Los órganos federal, de las entidades federativas, municipal y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, apoyarán a las escuelas, institutos y organismos especializados en educación cooperativa que establezca el movimiento cooperativo nacional. Asimismo, apoyarán, la labor que en este sentido realicen las universidades o instituciones de educación superior en el país. Artículo reformado DOF 27-11-2007, 19-01-2018

Ver texto oficial de la LEY General de Sociedades Cooperativas (pág. 27) ↗

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