Artículo 12 de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las escuelas de preparatoria, los gobiernos de cada estado y las instituciones educativas públicas deben ayudar en los procesos para escoger alumnos y maestros, como dice esta Ley. También tienen que trabajar juntos para que se cumplan los objetivos y reglas de la educación. En pocas palabras, todos estos organismos están obligados a echar la mano para que todo funcione bien.
Texto oficial
Artículo 12. Las autoridades de educación media superior, las autoridades educativas de las entidades federativas y los organismos descentralizados contribuirán en la realización de los procesos de selección a los que se refiere esta Ley, así como al cumplimiento de los fines y criterios de la educación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.