Artículo 48 de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los beneficios de este programa duran solo por un tiempo específico, el cual se define según el nivel en el que estés. Eso lo determinan las reglas que se mencionan en el artículo 44 de esta Ley. En otras palabras, no son para siempre, sino que tienen una fecha de término que depende de tu caso.
Texto oficial
Artículo 48. Los beneficios del programa tendrán una vigencia de acuerdo con los criterios que se establezcan para cada nivel, conforme a las reglas a las que se refiere el artículo 44 de esta Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.