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Ley
LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros
Artículo
47

Artículo 47 de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Educación es la encargada de manejar el Programa de Promoción Horizontal por Niveles con Incentivos en Educación Básica. Este programa permite que los maestros suban de nivel o categoría sin cambiar de escuela, y al hacerlo reciben un aumento de sueldo o un bono extra.

Texto oficial

Artículo 47. El Programa de Promoción Horizontal por Niveles con Incentivos en Educación Básica estará a cargo de la Secretaría.

Ver texto oficial de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (pág. 19) ↗

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