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Artículo 46 de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te ganas una promoción por antigüedad o méritos dentro de tu misma chamba, no te van a cambiar las actividades que haces, solo mejoran tu puesto o tu sueldo. Para poder participar en ese proceso, necesitas tener al menos dos años trabajando en tu plaza actual, y además tener un nombramiento definitivo (es decir, que ya seas de base o de planta, no temporal). O sea, no aplica si todavía estás a prueba o por contrato por tiempo determinado.

Texto oficial

Artículo 46. La promoción del personal a que se refiere la presente Sección no implicará un cambio de función. Los participantes al nivel inicial deberán tener como antecedente una permanencia mínima de dos años en su plaza actual, con nombramiento definitivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.