Artículo 6 de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los ayuntamientos (los gobiernos de cada municipio) pueden dar clases de nivel básico y media superior, pero deben seguir las reglas de esta ley. Las autoridades educativas de tu estado, como la Secretaría de Educación local, están obligadas a trabajar en equipo con los ayuntamientos para que esto funcione. En pocas palabras, la ley dice que los municipios y el gobierno estatal deben coordinarse bien al ofrecer educación.
Texto oficial
Artículo 6. Los servicios de educación básica y media superior que, en su caso, impartan los ayuntamientos se sujetarán a la presente Ley, siendo obligación de las autoridades educativas de las entidades federativas coordinarse con ellos, para tales fines.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.