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Artículo 6 de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los ayuntamientos (los gobiernos de cada municipio) pueden dar clases de nivel básico y media superior, pero deben seguir las reglas de esta ley. Las autoridades educativas de tu estado, como la Secretaría de Educación local, están obligadas a trabajar en equipo con los ayuntamientos para que esto funcione. En pocas palabras, la ley dice que los municipios y el gobierno estatal deben coordinarse bien al ofrecer educación.

Texto oficial

Artículo 6. Los servicios de educación básica y media superior que, en su caso, impartan los ayuntamientos se sujetarán a la presente Ley, siendo obligación de las autoridades educativas de las entidades federativas coordinarse con ellos, para tales fines.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.