Artículo 81 de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En las escuelas de primaria y secundaria, los maestros que fungen como tutores deben seguir las reglas que establezca la Secretaría de Educación. Esas reglas están en un documento llamado "Lineamientos Generales para el Servicio de Asesoría y Acompañamiento a las Escuelas". Ahí se explica cómo deben dar apoyo y orientación a los alumnos y a la escuela.
Texto oficial
Artículo 81. En educación básica, las funciones de tutoría se efectuarán en los términos establecidos en los Lineamientos Generales para la prestación del Servicio de Asesoría y Acompañamiento a las Escuelas que emita la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.