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Artículo 86 de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La asesoría técnica en las escuelas se tiene que llevar a cabo siguiendo las reglas que ponga la Secretaría de Educación. Esas reglas están escritas en un documento llamado "Lineamientos Generales", que dice cómo se debe dar este servicio de apoyo a las escuelas. En pocas palabras, nadie puede hacer asesoría técnica por su cuenta, sino que debe ajustarse a lo que diga ese lineamiento.

Texto oficial

Artículo 86. Las funciones de asesoría técnica, se efectuarán en los términos establecidos en los Lineamientos Generales para la prestación del Servicio de Asesoría y Acompañamiento a las Escuelas que emita la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.