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Artículo 9 de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 9 dice que los criterios e indicadores son como las reglas que miden si maestros, directores y supervisores están haciendo bien su chamba. Sirven para saber si trabajan de manera eficiente y logran lo que el sistema educativo necesita. En palabras simples, son como una lista de puntos que indican si están cumpliendo con su labor de forma correcta.

Texto oficial

Artículo 9. Los criterios e indicadores serán los referentes de la buena práctica y el desempeño eficiente de docentes, técnicos docentes, asesores técnico pedagógicos, directivos y supervisores, para alcanzar los objetivos del Sistema.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.