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Ley
LEY General de Sociedades Mercantiles
Artículo
110

Artículo 110 de la LEY General de Sociedades Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los bonos de fundador son como un premio especial que la empresa da a quienes ayudaron a crearla o a conseguir inversión. Este artículo dice que a esos bonos se les aplican las mismas reglas que funcionan para las acciones, siempre y cuando tengan sentido para su forma de ser. En pocas palabras, si hay reglas sobre cómo manejar las acciones, varias de ellas también aplican a estos bonos, pero solo si no contradicen su propósito original.

Texto oficial

Artículo 110.- Son aplicables a los bonos de fundador, en cuanto sea compatible con su naturaleza, las disposiciones de los artículos 111, 124, 126 y 127. SECCION SEGUNDA De las acciones

Ver texto oficial de la LEY General de Sociedades Mercantiles (pág. 18) ↗

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