Artículo 178 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Asamblea General de Accionistas es la máxima autoridad de una empresa. Puede decidir y aprobar cualquier asunto de la compañía, y sus decisiones las debe cumplir la persona que ella misma elija o, si no elige a nadie, el administrador o el Consejo de Administración. Si todos los dueños de acciones están de acuerdo por escrito, las decisiones que tomen fuera de una junta tienen el mismo valor que si se hubieran reunido en persona. También la empresa puede permitir que las juntas se hagan por internet, videollamadas o cualquier tecnología, y eso vale igual que si todos estuvieran juntos en un mismo lugar.
Texto oficial
Artículo 178.- La Asamblea General de Accionistas es el Organo Supremo de la Sociedad; podrá acordar y ratificar todos los actos y operaciones de ésta y sus resoluciones serán cumplidas por la persona que ella misma designe, o a falta de designación, por el Administrador o por el Consejo de Administración. En los estatutos se podrá prever que las resoluciones tomadas fuera de asamblea, por unanimidad de los accionistas que representen la totalidad de las acciones con derecho a voto o de la categoría especial de acciones de que se trate, en su caso, tendrán, para todos los efectos legales, la misma validez que si hubieren sido adoptadas reunidos en asamblea general o especial, respectivamente, siempre que se confirmen por escrito. En lo no previsto en los estatutos serán aplicables en lo conducente, las disposiciones de esta ley. Párrafo adicionado DOF 11-06-1992 Asimismo, en los estatutos se podrá prever asimismo que las asambleas de accionistas se puedan llevar a cabo mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, tal y como si se tratara de asambleas de accionistas presenciales, pudiendo darse la participación de parte o todos los asistentes presencialmente o por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología teniendo la misma validez unas y otras. Párrafo adicionado DOF 20-10-2023
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.