- Ley
- LEY General de Sociedades Mercantiles
- Artículo
- 214
Artículo 214 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las sociedades de capital variable son negocios donde los socios pueden meter o sacar dinero sin problemas. Estas empresas funcionan bajo las reglas que le toquen según el tipo de sociedad que sean, y también deben seguir las normas de las sociedades anónimas sobre cómo llevar los balances (estados financieros) y las obligaciones de los directivos. Eso sí, si este capítulo dice algo diferente, se aplica lo que aquí se ordena. En corto: es una mezcla de reglas generales y especiales para que el negocio pueda mover su capital fácilmente.
Texto oficial
Artículo 214.- Las sociedades de capital variable se regirán por las disposiciones que correspondan a la especie de sociedad de que se trate, y por las de la sociedad anónima relativas a balances y responsabilidades de los administradores, salvo las modificaciones que se establecen en el presente capítulo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.