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Ley
LEY General de Sociedades Mercantiles
Artículo
214

Artículo 214 de la LEY General de Sociedades Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las sociedades de capital variable son negocios donde los socios pueden meter o sacar dinero sin problemas. Estas empresas funcionan bajo las reglas que le toquen según el tipo de sociedad que sean, y también deben seguir las normas de las sociedades anónimas sobre cómo llevar los balances (estados financieros) y las obligaciones de los directivos. Eso sí, si este capítulo dice algo diferente, se aplica lo que aquí se ordena. En corto: es una mezcla de reglas generales y especiales para que el negocio pueda mover su capital fácilmente.

Texto oficial

Artículo 214.- Las sociedades de capital variable se regirán por las disposiciones que correspondan a la especie de sociedad de que se trate, y por las de la sociedad anónima relativas a balances y responsabilidades de los administradores, salvo las modificaciones que se establecen en el presente capítulo.

Ver texto oficial de la LEY General de Sociedades Mercantiles (pág. 35) ↗

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