- Ley
- LEY General de Sociedades Mercantiles
- Artículo
- 227
Artículo 227 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes una empresa constituida como cualquiera de los tipos de sociedades que menciona la ley (como sociedad anónima, de responsabilidad limitada, etc.), puedes cambiar su forma legal a otra distinta. También puedes convertirla en una sociedad de capital variable, que es como una empresa donde los socios pueden aumentar o disminuir su dinero sin trámites complicados. En pocas palabras, la ley te permite transformar tu negocio en otro tipo de sociedad si así te conviene más.
Texto oficial
Artículo 227.- Las sociedades constituidas en alguna de las formas que establecen las fracciones I a V del artículo 1º, podrán adoptar cualquier otro tipo legal. Asimismo podrán transformarse en sociedad de capital variable. LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-10-2023 37 de 63
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