- Ley
- LEY General de Sociedades Mercantiles
- Artículo
- 228
Artículo 228 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para transformar una sociedad (como cambiar de sociedad anónima a cooperativa, por ejemplo), se deben seguir las mismas reglas que ya vienen explicadas en los artículos anteriores de este capítulo. No hay reglas nuevas aquí; solo se repite que tienes que cumplir con todo lo que ya se dijo antes. En pocas palabras, si ya leíste los pasos previos, esos mismos aplican para la transformación.
Texto oficial
Artículo 228.- En la transformación de las sociedades se aplicarán los preceptos contenidos en los artículos anteriores de este capítulo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.