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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGSM/250
Ley
LEY General de Sociedades Mercantiles
Artículo
250

Artículo 250 de la LEY General de Sociedades Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las empresas que se crean en otro país siguiendo las leyes de ese lugar son reconocidas como personas legales aquí en México. Esto significa que pueden tener derechos y obligaciones, como firmar contratos o ser demandadas. No necesitan volverse a registrar desde cero, siempre que hayan cumplido con los requisitos de su país de origen. En pocas palabras, si una empresa ya existe legalmente en el extranjero, aquí también la tratamos como una persona moral válida.

Texto oficial

Artículo 250.- Las sociedades extranjeras legalmente constituidas tienen personalidad jurídica en la República.

Ver texto oficial de la LEY General de Sociedades Mercantiles (pág. 44) ↗

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