- Ley
- LEY General de Sociedades Mercantiles
- Artículo
- 250
Artículo 250 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas que se crean en otro país siguiendo las leyes de ese lugar son reconocidas como personas legales aquí en México. Esto significa que pueden tener derechos y obligaciones, como firmar contratos o ser demandadas. No necesitan volverse a registrar desde cero, siempre que hayan cumplido con los requisitos de su país de origen. En pocas palabras, si una empresa ya existe legalmente en el extranjero, aquí también la tratamos como una persona moral válida.
Texto oficial
Artículo 250.- Las sociedades extranjeras legalmente constituidas tienen personalidad jurídica en la República.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.