Artículo 261 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no está vigente, pero te explico lo que decía cuando estaba activo. Básicamente, para crear una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.), podías elegir el nombre que quisieras, siempre y cuando no se pareciera al de otra empresa ya registrada. Además, era obligatorio que el nombre terminara con las palabras "Sociedad por Acciones Simplificada" o con las siglas "S.A.S.". Eso era para que todos supieran de qué tipo de sociedad se trataba.
Texto oficial
Artículo 261.- La denominación se formará libremente, pero distinta de la de cualquier otra sociedad y siempre seguida de las palabras “Sociedad por Acciones Simplificada” o de su abreviatura “S.A.S.”. Artículo derogado DOF 11-06-1992. Adicionado DOF 14-03-2016 LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-10-2023 46 de 63
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.