- Ley
- LEY General de Sociedades Mercantiles
- Artículo
- 87
Artículo 87 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Una sociedad anónima es un tipo de empresa que tiene un nombre propio y que está formada por socios. Esa obligación de los socios solo es pagar por las acciones que compraron, o sea, por las partes en las que se divide el dinero de la empresa. No deben más dinero del que acordaron invertir en esas acciones. La empresa funciona con ese capital y los socios no responden con su dinero personal si la empresa tiene deudas.
Texto oficial
Artículo 87.- Sociedad anónima es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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