Artículo 100 de la LEY General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Federal Electoral (IFE) tiene que darte una respuesta en un plazo de 10 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) después de que le entreguen tu escrito. Eso significa que, si presentas una queja o solicitud, ellos están obligados a contestarte dentro de ese tiempo. Es como cuando alguien te pide un favor y le dices "espérame tantos días para darte una respuesta", pero aquí es por ley. Así que no te pueden dejar colgado sin respuesta por más de esos 10 días.
Texto oficial
Artículo 100 1. El Instituto Federal Electoral deberá contestar dentro de los diez días hábiles siguientes al en que se le notifique la presentación del escrito del promovente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.