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Artículo 28 de la LEY General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los estrados son como un pizarrón o un lugar visible que está en las oficinas del INE o del Tribunal Electoral, donde se pegan copias de documentos importantes. Ahí se ponen los escritos de las personas que impugnan una elección, de los que tienen interés en el asunto o de los que apoyan a alguna parte. También se colocan ahí las decisiones que toman los jueces o autoridades electorales. Todo esto se hace para que la gente se entere de lo que está pasando, sin necesidad de que le avisen personalmente. Es una forma de hacer público lo que ocurre en estos procesos legales.

Texto oficial

Artículo 28 1. Los estrados son los lugares públicos destinados en las oficinas de los órganos del Instituto Federal Electoral y en las Salas del Tribunal Electoral, para que sean colocadas las copias de los escritos de los medios de impugnación, de los terceros interesados y de los coadyuvantes, así como de los autos, acuerdos, resoluciones y sentencias que les recaigan, para su notificación y publicidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.