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Artículo 8 de la LEY General del Sistema Nacional Anticorrupción

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Comité Coordinador es el grupo encargado de hacer que todas las partes del Sistema Nacional contra la corrupción trabajen bien juntas. Su trabajo principal es diseñar, promover y revisar las políticas públicas para combatir la corrupción en el país. En pocas palabras, es como el "director de orquesta" que se asegura de que todos los que luchan contra la corrupción estén coordinados y haciendo bien su labor.

Texto oficial

Artículo 8. El Comité Coordinador es la instancia responsable de establecer mecanismos de coordinación entre los integrantes del Sistema Nacional y tendrá bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas de combate a la corrupción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.