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Ley
LEY General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Artículo
111

Artículo 111 de la LEY General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Secretariado Ejecutivo es la dependencia encargada de crear y dar a conocer las reglas técnicas y los manuales que deben seguir los Centros de Comando y Control. Estos centros son los que atienden las llamadas de auxilio, como al 911, y también las denuncias anónimas. Las reglas cubren cómo se atienden esas llamadas, cómo se envían los servicios de emergencia (policía, bomberos, ambulancias) y cómo deben funcionar las cámaras de videovigilancia. Todo esto se publica para que quede claro cómo deben operar estos sistemas.

Texto oficial

Artículo 111. El Secretariado Ejecutivo emitirá y publicará las normas técnicas y protocolos de operación relacionados a los Centros de Comando y Control sobre atención a llamadas de emergencia y de denuncia anónima, de despacho de emergencias y de procesos y de definiciones técnicas para los sistemas de videovigilancia.

Ver texto oficial de la LEY General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (pág. 39) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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