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Artículo 51 de la LEY General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La base de datos del Registro Nacional de Turismo la cuida la Secretaría de Turismo del gobierno federal. Los gobiernos de los estados, municipios y la Ciudad de México son los que tienen que verificar que la información que dan los hoteles, agencias de viajes y demás negocios turísticos sea verdadera. En otras palabras, ellos son los responsables de checar que no haya datos falsos. Esto aplica desde diciembre de 2017, cuando se actualizó la ley.

Texto oficial

Artículo 51. La base de datos del Registro Nacional de Turismo quedará bajo la guarda de la Secretaría, siendo responsabilidad de las autoridades de los Estados, Municipios y la Ciudad de México, constatar la veracidad de la información que proporcionen los prestadores de servicios turísticos. Artículo reformado DOF 22-12-2017

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.