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Artículo 19 de la LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las oficinas del gobierno y otras instituciones que manejan información deben permitir que cualquier persona pueda consultar los documentos que tienen, siempre y cuando la ley lo permita. Esto quiere decir que no te pueden negar el acceso a papeles, archivos o datos que estén en su poder, a menos que exista una razón legal para hacerlo. Tienen la obligación de ser claros y poner la información a tu disposición sin complicaciones.

Texto oficial

Artículo 19. Los sujetos obligados deberán transparentar y garantizar el acceso a la información documentada en su poder, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.