Artículo 19 de la LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno y otras instituciones que manejan información deben permitir que cualquier persona pueda consultar los documentos que tienen, siempre y cuando la ley lo permita. Esto quiere decir que no te pueden negar el acceso a papeles, archivos o datos que estén en su poder, a menos que exista una razón legal para hacerlo. Tienen la obligación de ser claros y poner la información a tu disposición sin complicaciones.
Texto oficial
Artículo 19. Los sujetos obligados deberán transparentar y garantizar el acceso a la información documentada en su poder, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.