Artículo 64 de la LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tanto el gobierno (sujetos obligados) como cualquier persona o empresa que tenga tus datos personales son responsables de cuidarlos y usarlos solo como dice la ley. El gobierno no puede compartir, regalar o vender tu información personal, a menos que tú le des un permiso claro, por escrito o de una forma que demuestre que realmente aceptaste, como una firma o un correo. Esto aplica a cualquier dato que manejen por su trabajo, y no importa si la información está en un sistema o archivo. Solo hay una excepción muy específica, que ya viene en otro artículo de esta misma ley.
Texto oficial
Artículo 64. Los sujetos obligados y las personas particulares serán responsables de los datos personales en su posesión de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en la materia. Los sujetos obligados no podrán difundir, distribuir o comercializar los datos personales contenidos en los sistemas de información, desarrollados en el ejercicio de sus funciones, salvo que haya mediado el consentimiento expreso, por escrito o por un medio de autenticación similar, de las personas a que haga referencia la información de acuerdo a las disposiciones jurídicas aplicables. Lo anterior, sin perjuicio a lo establecido por el artículo 119 de esta Ley. Capítulo II De las Obligaciones de Transparencia Comunes
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.