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Artículo 92 de la LEY General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las autoridades encargadas de proteger tus datos personales deben darte un formato oficial para que puedas presentar una queja si lo prefieres. Si no quieres usar ese formato, también puedes hacer tu denuncia por escrito con tus propias palabras, sin necesidad de seguir un molde especial. Tú decides cómo presentar tu queja, ya sea con el formato que te dan o con un escrito libre. Siempre y cuando tu escrito cumpla con lo que dice la ley, es válido.

Texto oficial

Artículo 92. Las Autoridades garantes pondrán a disposición de las personas particulares el formato de denuncia correspondiente, a efecto de que estos, si así lo deciden, puedan utilizarlos. Asimismo, las personas particulares podrán optar por un escrito libre, conforme a lo previsto en esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.