Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGV/181
- Ley
- LEY General de Víctimas
- Artículo
- 181
Artículo 181 de la LEY General de Víctimas
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 181 fue eliminado por completo de la ley desde el 3 de mayo de 2013, así que ya no existe ni se aplica. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene validez legal, como si lo hubieran borrado del código. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con nada de lo que decía originalmente.
Texto oficial
Artículo 181. (Se deroga) Artículo derogado DOF 03-05-2013
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.