Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGV/181
Ley
LEY General de Víctimas
Artículo
181

Artículo 181 de la LEY General de Víctimas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 181 fue eliminado por completo de la ley desde el 3 de mayo de 2013, así que ya no existe ni se aplica. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene validez legal, como si lo hubieran borrado del código. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con nada de lo que decía originalmente.

Texto oficial

Artículo 181. (Se deroga) Artículo derogado DOF 03-05-2013

Ver texto oficial de la LEY General de Víctimas (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 181 de la LEY General de Víctimas, explicado | Precedente Legal