Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGV/19
Ley
LEY General de Víctimas
Artículo
19

Artículo 19 de la LEY General de Víctimas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las víctimas de un delito tienen derecho, sin importar el tiempo que pase, a saber toda la verdad sobre lo que les pasó. También pueden pedir información clara y detallada sobre las violaciones de derechos o los delitos que sufrieron, como por ejemplo cómo y cuándo ocurrieron los hechos. Si se trata de una persona desaparecida, ausente, no localizada, extraviada o fallecida, su familia tiene derecho a saber qué pasó con ella o dónde están sus restos. Además, si alguien fue reportado como desaparecido, las autoridades deben actuar rápido para encontrarlo y rescatarlo si es posible.

Texto oficial

Artículo 19. Las víctimas tienen el derecho imprescriptible a conocer la verdad y a recibir información específica sobre las violaciones de derechos o los delitos que las afectaron directamente, incluidas las circunstancias en que ocurrieron los hechos y, en los casos de personas desaparecidas, ausentes, no localizadas, extraviadas o fallecidas, a conocer su destino o paradero o el de sus restos. LEY GENERAL DE VÍCTIMAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 16 de 97 Toda víctima que haya sido reportada como desaparecida tiene derecho a que las autoridades competentes inicien de manera eficaz y urgente las acciones para lograr su localización y, en su caso, su oportuno rescate. Artículo reformado DOF 03-05-2013

Ver texto oficial de la LEY General de Víctimas (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 19 de la LEY General de Víctimas, explicado | Precedente Legal