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Ley
LEY General de Víctimas
Artículo
18

Artículo 18 de la LEY General de Víctimas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tanto las personas afectadas por un delito como cualquier ciudadano tenemos derecho a saber qué pasó exactamente, quién fue el responsable y por qué ocurrió. También debemos poder acceder a la justicia sin que nadie nos trate diferente. En otras palabras, nadie puede esconder la información de un delito o una violación a derechos humanos, y tanto la víctima como la gente común pueden exigir que se investigue y se castigue a quien lo hizo. Esto aplica parejo para todos, sin importar quién seas.

Texto oficial

Artículo 18. Las víctimas y la sociedad en general tienen el derecho de conocer los hechos constitutivos del delito y de las violaciones a derechos humanos de que fueron objeto, la identidad de los responsables, las circunstancias que hayan propiciado su comisión, así como tener acceso a la justicia en condiciones de igualdad. Artículo reformado DOF 03-05-2013

Ver texto oficial de la LEY General de Víctimas (pág. 15) ↗

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