Artículo 30 de la LEY de Geotermia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Reglamento de esta ley va a definir cómo y bajo qué condiciones se pueden obtener los Permisos de Exploración y las Concesiones, así como sus prórrogas. También va a establecer los pasos para casos especiales, como los avisos de Aprovechamiento Geotérmico Exento (que es cuando usas energía geotérmica sin necesidad de un permiso completo) y otras situaciones que no estén ya detalladas en esta ley. Además, esta parte de la ley se enfoca en explicar cuándo y cómo terminan estos permisos, cuándo se revocan (es decir, se cancelan por incumplimiento) o cuándo caducan (porque ya pasó su tiempo).
Texto oficial
Artículo 30.- El Reglamento de la presente Ley debe establecer, entre otros aspectos, el procedimiento y requisitos para el otorgamiento de Permisos de Exploración, Concesiones, prórrogas, y demás situaciones particulares como los avisos de Aprovechamiento Geotérmico Exento y las demás no previstas en la presente Ley. Sección I De la Terminación, Revocación y Caducidad
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.