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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGeo/29
Ley
LEY de Geotermia
Artículo
29

Artículo 29 de la LEY de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas esas aguas calientes que salen del subsuelo cuando exploras o explotas una zona geotérmica, tienes que devolverlas al mismo lugar de donde vienen. Esto se hace para no acabar con el recurso y que el área geotérmica pueda seguir funcionando a largo plazo. Solo puedes dejar de hacerlo si alguna otra regla o ley te lo permite, pero en general es obligatorio.

Texto oficial

Artículo 29.- Las Aguas Geotérmicas que provengan del ejercicio de un Permiso de Exploración o Concesión geotérmica deben ser re-inyectadas al Área Geotérmica con el fin de mantener la sustentabilidad de ésta, en términos de las disposiciones que resulten aplicables.

Ver texto oficial de la LEY de Geotermia (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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