Artículo 32 de la LEY de Geotermia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si ya se canceló un permiso o concesión para explorar, por cualquier razón de las que dice el artículo anterior, entonces no se le puede dar un nuevo permiso o concesión a las mismas personas sobre el mismo terreno. Es decir, si perdiste los derechos por algún motivo, no puedes volver a solicitarlos para esa misma área. Eso aplica para las personas que eran dueñas de esos derechos. En pocas palabras, si te quitaron el permiso, ya no puedes pedir otro igual para el mismo lugar.
Texto oficial
Artículo 32.- Una vez declarada la extinción del respectivo Permiso de Exploración o Concesión, por cualquiera de las causales a que se refiere el artículo anterior, no se puede otorgar Permiso de Exploración o Concesión a las mismas personas que fueron titulares sobre la misma zona.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.