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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGeo/32
Ley
LEY de Geotermia
Artículo
32

Artículo 32 de la LEY de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si ya se canceló un permiso o concesión para explorar, por cualquier razón de las que dice el artículo anterior, entonces no se le puede dar un nuevo permiso o concesión a las mismas personas sobre el mismo terreno. Es decir, si perdiste los derechos por algún motivo, no puedes volver a solicitarlos para esa misma área. Eso aplica para las personas que eran dueñas de esos derechos. En pocas palabras, si te quitaron el permiso, ya no puedes pedir otro igual para el mismo lugar.

Texto oficial

Artículo 32.- Una vez declarada la extinción del respectivo Permiso de Exploración o Concesión, por cualquiera de las causales a que se refiere el artículo anterior, no se puede otorgar Permiso de Exploración o Concesión a las mismas personas que fueron titulares sobre la misma zona.

Ver texto oficial de la LEY de Geotermia (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.