Artículo 47 de la LEY de Geotermia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si planeas usar energía geotérmica (calor de la tierra) de forma sencilla, debes avisarle al gobierno antes de empezar. Ese aviso debe incluir tu nombre completo o el de tu empresa, tu dirección fiscal y dónde te pueden notificar. También tienes que explicar para qué vas a usar el calor de la tierra y presentar un plano del terreno con medidas y límites. Además, la Secretaría puede pedir otros datos según el reglamento vigente.
Texto oficial
Artículo 47.- Las personas interesadas en los Aprovechamientos Geotérmicos Exentos deben presentar el aviso previo al inicio de operaciones a la Secretaría, misma que debe contener al menos: I. Nombre, denominación o razón social, de la persona solicitante; LEY DE GEOTERMIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 17 de 22 II. Domicilio fiscal y domicilio para oír y recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas; III. Descripción del uso que se pretende dar al Recurso Geotérmico; IV. Planos de la localización del Área Geotérmica objeto de la solicitud, donde se especifique la superficie, medidas y colindancias, y V. Cualquier otro previsto en el Reglamento y en las disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.