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Artículo 58 de la LEY de Instituciones de Crédito

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El banco puede cambiar las reglas de tus cuentas de ahorro, de las de cheques o de las que tienen días fijos para retirar dinero. Para hacerlo, debe avisarte por escrito con 30 días de anticipación y publicarlo en periódicos que se vendan en muchos lados. Si el cambio es para subir comisiones o cobrar unas nuevas, tiene que seguir lo que dice otra ley que protege tus derechos financieros. Además, si el banco te manda un estado de cuenta donde aparezcan los depósitos y retiros, ese documento será válido como prueba en un juicio, a menos que puedas demostrar que está mal. Esto solo aplica si las condiciones de tu cuenta ya especificaban cómo se envía ese estado de cuenta autorizado.

Texto oficial

Artículo 58.- Las condiciones generales que se establezcan respecto a los depósitos a la vista, retirables en días preestablecidos y de ahorro podrán ser modificadas por la institución conforme a las disposiciones aplicables, mediante aviso dado con treinta días de anticipación, por escrito, a través de publicaciones en periódicos de amplia circulación. Tratándose de incrementos al importe de las comisiones, así como de nuevas comisiones que pretendan cobrar, se estará a lo dispuesto en la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. Párrafo reformado DOF 01-02-2008 Cuando se cumplan los requisitos para la remisión del estado autorizado de las cantidades abonadas y cargadas a la cuenta, que deberán especificarse en las condiciones generales para los depósitos a la LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 77 de 321 vista y retirables en días preestablecidos, los asientos que figuren en la contabilidad de la institución harán fe, salvo prueba en contrario, en el juicio respectivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 76) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.