- Ley
- LEY de Infraestructura de la Calidad
- Artículo
- 86
Artículo 86 de la LEY de Infraestructura de la Calidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieren cambiar los estándares, tienen que seguir el mismo proceso que dice el artículo 80 de esta ley. Pero si los cambios son pequeños y no afectan cosas importantes, el reglamento puede decir cómo hacerlo de manera más fácil y rápida. Eso sí, si los cambios son grandes, no aplica la versión simplificada.
Texto oficial
Artículo 86. Para la modificación de los Estándares deberá seguirse el mismo procedimiento previsto en el artículo 80 de esta Ley, en el entendido que su Reglamento podrá establecer procedimientos simplificados de modificación, cuando no impliquen cambios sustanciales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.