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Artículo 86 de la LEY de Infraestructura de la Calidad

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si quieren cambiar los estándares, tienen que seguir el mismo proceso que dice el artículo 80 de esta ley. Pero si los cambios son pequeños y no afectan cosas importantes, el reglamento puede decir cómo hacerlo de manera más fácil y rápida. Eso sí, si los cambios son grandes, no aplica la versión simplificada.

Texto oficial

Artículo 86. Para la modificación de los Estándares deberá seguirse el mismo procedimiento previsto en el artículo 80 de esta Ley, en el entendido que su Reglamento podrá establecer procedimientos simplificados de modificación, cuando no impliquen cambios sustanciales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.